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Esta guía ha sido realizada gracias al apoyo del Real Patronato sobre Discapacidad

Guía Interactiva sobre el teletrabajo y el empleo de personas con Discapacidad

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1.2.9.- ¿Quién debe abonar los gastos de luz, teléfono, adsl, toner, material de oficina y otros que se produzcan?

En principio, siempre, le corresponde a la empresa. Sin embargo se podrán establecer acuerdos diferentes en el contrato, según cada caso.
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