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Esta guía ha sido realizada gracias al apoyo del Real Patronato sobre Discapacidad

Guía Interactiva sobre el teletrabajo y el empleo de personas con Discapacidad

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1.6.1. ¿Cómo debemos enfocar el tema de la prevención de los riesgos laborales en los puestos de teletrabajo?

El empresario es el responsable de la protección de la seguridad y salud del teletrabajador. Debe informarle de la política de la empresa en esta materia, en especial sobre las exigencias relativas a las pantallas de datos en los puestos en que se utilicen habitualmente.
 
El empresario debe realizar una evaluación de los riesgos del futuro lugar de trabajo y llevar a cabo las modificaciones que sean necesarias; el coste de las mismas será asumido por el empresario conforme a lo establecido en el artículo 14 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales.
 
El problema, no obstante, se plantea en cuanto a la implantación, utilización y control de las medidas de prevención en el domicilio ya que la entrada en el mismo de personas ajenas, tales como el empresario, los representantes de los trabajadores o incluso la inspección de trabajo, requiere necesariamente la previa autorización del trabajador.
 
Para verificar la correcta aplicación de las normas de seguridad y salud, el empresario, los representantes de los trabajadores y las autoridades competentes podrán tener acceso al lugar del teletrabajo, dentro de los límites de la legislación y de los convenios colectivos aplicables, sujeto a notificación previa y consentimiento.
 
También el teletrabajador tiene la potestad de solicitar visitas de inspección.
Además, el teletrabajador puede asumir personalmente, siempre que se refleje en el contrato por escrito, la adecuación del lugar de trabajo y el cumplimiento de las normas de prevención sobre accidentes de trabajo.
 
En materia de Prevención y Salud Laboral, los puestos de teletrabajo deberán cumplir las condiciones referentes a los puestos de trabajo con pantallas de visualización de datos, según R.D. 488/97, a cuyo efecto se informará al empleado de éstas y el empleado declarará tener conocimiento de la mismas.
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